2. Problemática

BPIN:

Identificación y descripción del problema

Problema Central: Bajos recursos, poca adherencia a los programas de salud por parte de la comunidad, falta de conciencia ciudadana en el auto cuidado personal y su entorno de la población guadalupana, Falta de Seguimiento al cumplimiento de los atributos de calidad, que permitan detectar brechas de calidad. Falta de conocimiento de la situación en salud del Municipio. Población pobre y vulnerable ubicada en lugares alejados y dispersos de la IPS y de los servicios de salud.
Situación: El Artículo 235 de la ley 1955 de 2019 estableció la conversión de los recursos de prestación de servicios a la población pobre no asegurada a recursos de subsidio a la oferta con el fin de garantizar la operatividad de las entidades prestadoras de servicios de salud en lugares alejados o dispersos geográficamente, cuya operatividad funcional no es suficiente con la venta de servicios propios de la entidad, para lo cual a través de COMPES 045 de 2020 el gobierno nacional distribuyo los recursos de subsidio a la oferta en el marco de lo dispuesto en la ley 1955 de 2019 y a través de la resolución 857 del 2020 definió los lineamientos con los cuales las entidades territoriales deben realizar el contrato o convenio con las entidades prestadoras de servicios de salud de su localidad a fin de transferir dichos recursos y garantizar el cumplimiento de las metas establecidas en los indicadores de la resolución antes mencionada. Por lo anterior el municipio de Guadalupe su Plan de desarrollo “Marca la Diferencia” y específicamente en el anexo Plan Territorial de Salud tiene como estrategia garantizar el aseguramiento de la población al sistema general de seguridad social en salud, para lo cual tiene un programa que se denomina: Aseguramiento y prestación integral de servicios de salud, el cual tiene como objetivo lograr el cumplimiento de la política de universalización del aseguramiento y prestación de los servicios médicos en condiciones de equidad y protección financiera de la población afiliada y como meta Incrementar porcentaje de población afiliada al sistema de salud.
Magnitud: El municipio de Guadalupe trasfiere los recursos a la ESE HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE, entidad de orden Municipal que garantiza la prestación de los servicios de baja complejidad. Dichos recursos serán girados en su totalidad al momento de legalizar el respectivo convenio y/o contrato, en de conformidad con los recaudos que se realicen en virtud a los giros efectuados por el Ministerio de Salud y Protección Social. De conformidad con la Constitución y la Ley, dentro de las atribuciones del alcalde, se encuentra, la de dirigir la acción administrativa del municipio, así mismo, se le asigno la competencia para ordenar y dirigir la contratación de la entidad. El Municipio de GUADALUPE HUILA tiene la necesidad de celebrar convenios y/o contratos con las entidades prestadoras de servicios de salud tanto de baja como con la de media complejidad, a fin de garantizar la trasferencia de los recursos asignados y garantizar la operatividad de la prestación de los servicios de salud de la población guadalupana.
Id Tipo Causa Descripción Causa Directa
2936419 Direct Cause Población no identificada en el país con documentos no acordes para la garantía de la prestación de los servicios
2936420 Indirect Cause Incumplimiento con la resolución 3082 de 2018 referente a los indicadores de salud. 2936419
Id Tipo Efecto Descripción Efecto Directo
3151802 Direct Effect Se pueden perder los recursos del componente de salud pública y de subsidio a la oferta.
3151803 Indirect Effect La Ese no garantiza servicios eficientes y de calidad a la población. 3151802